Tribunal de La AcordadaEl Tribunal de La Acordada[1] fue un tribunal judicial de naturaleza sumaria creado en 1719 en Nueva España para compensar las falencias del sistema judicial ordinario. La estructura legal y social en el virreinato era muy compleja y enrevesada, todo lo cual dificultaba y entorpecía el mantenimiento del orden y el impartir justicia. Si bien la Sala del Crimen, que dependía de la Real Audiencia, era en principio la encargada de enjuiciar a los delincuentes, el volumen del trabajo pendiente iba en aumento y superaba con creces su capacidad de resolución de casos. La Sala del Crimen estaba conformada por alcaldes y un fiscal, por lo general ancianos, por lo que les era difícil movilizarse a diversos sitios tras los ladrones, bandidos, bandoleros y salteadores de caminos que asolaban a la región. En diciembre de 1715 el rey Felipe V despachó al marqués de Valero hacia América encomendándole tomar las acciones que fueran necesarias para dar solución a la situación de inseguridad que vivía Nueva España. Sobre la base del mandato otorgado por el rey, el virrey con una junta consultiva decidió:[2]
El primer juez designado fue Miguel Velázquez Lorea, quien con anterioridad había realizado un buen trabajo persiguiendo delincuentes. Inicialmente las facultades del juez eran restringidas. Sin embargo, andando el tiempo y ante la magnitud y elevada cantidad de delitos el juez solicitó a la Corte le ampliaran las facultades. Considerando, la amplitud de los términos de la cédula real, Valero creó el Tribunal de la Acordada. Mediante un decreto fechado el 5 de noviembre de 1719, se organizó una reunión con participación de 3 oidores y un alcalde de la Sala del Crimen. Los participantes de la reunión analizaron la situación que se presentaba y decidieron exceptuar a los jueces provinciales de reportar las sentencias a la Sala del Crimen, con lo cual se les dejaba en libertad para ejecutar penas corporales inclusive pena de muerte. Además, se decidió que el virrey estaba autorizado a designar una persona como juez y actuar contra los delincuentes en poblado y despoblado. Esta providencia se llevó a cabo mediante Real Acuerdo, y por ello el nombre de Tribunal de la Acordada.[3] El TribunalLa cédula del 26 de agosto de 1736, le confirió al juez de la Acordada la capacidad de patrullar los caminos y capturar a los delincuentes; con posterioridad se fueron ampliando sus facultades para que pudiera entender sobre otros delitos. Sin embargo mediante otra cédula de 1771 se le limitaron las facultades al juez, y solo se le autorizaba a "limpiar la tierra de ladrones, salteadores de caminos y gente de mala vida con la facultad de perseguirlos de día y de noche, no sólo en el campo y despoblados, sino en esta Capital y demás Ciudades y Villas y lugares del Reino”[4] Mientras que el resto de los delitos eran jurisdicción de la Sala del Crimen. Referencias
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